El Gobierno nacional aprobó el Decreto Supremo 5654, una norma que regula los descuentos, contribuciones y retenciones aplicados mediante planilla a los salarios de los servidores públicos del nivel central del Estado y a las rentas de los jubilados del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (Senasir).
Con esta disposición, las entidades públicas solo podrán efectuar descuentos por cinco conceptos específicos: aportes a la Seguridad Social de Largo Plazo, faltas, atrasos y sanciones administrativas, el Régimen Complementario al IVA (RC-IVA), retenciones judiciales por asistencia familiar y recuperaciones de recursos a favor del Estado por cobros indebidos.
El decreto establece que cualquier descuento que no esté contemplado en esa lista deberá ser eliminado por las instituciones del nivel central.
En el caso de los jubilados del Senasir, las retenciones quedarán limitadas a los aportes a la seguridad social de corto plazo, asistencia familiar por orden judicial, recuperación de cobros indebidos y descuentos derivados de convenios con entidades públicas del nivel central.
La norma también señala que las entidades territoriales autónomas podrán adecuar sus procedimientos y dejar sin efecto descuentos no previstos en el decreto.
Asimismo, el DS 5654 excluye de su aplicación a las Fuerzas Armadas y a la Policía Boliviana.
Finalmente, se establece que los aportes voluntarios solo podrán realizarse mediante una autorización expresa, individual, revocable y verificable del servidor público o jubilado, a través del débito de su cuenta bancaria.








